ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR VERSIÓN REDUCIDA - 2019
Tipos de faltas y formas de abordaje de dichas faltas.
FALTAS LEVES: son aquellas que no constituyen lesión grave para la propia persona o para otros. Son ocasionadas por hábitos inadecuados, descuidos, desatenciones u otras causas. Por lo general, no tienen la intención de hacer daño, pero provocan alteraciones en el desarrollo cotidiano de la vida escolar.
Faltas:
Dirigirse al otro en forma inadecuada /irrespetuosa entre estudiantes, docentes, empleados.
Maltratar a los animales de los diferentes sectores agropecuarios de la institución.
Dejar sucios o desordenados elementos y espacios de toda la institución.
Usar el celular y otros artefactos tecnológicos sin la autorización docente.
Salir o entrar al aula sin autorización del docente.
Incumplir de forma reiterada los horarios escolares establecidos: ingresos y egresos de la institución según cronograma de actividades.
Interrumpir reiteradamente el desarrollo de las clases a cargo de los docentes.
Usar vestimenta que no esté acorde a las necesidades que demandan las prácticas educativas específicas, en relación con los siguientes ámbitos: aulas, sectores didáctico productivos, campo de deportes, viajes educativos, etc.
FALTAS GRAVES: Son aquellas que lesionan la propia persona, a los otros y a la escuela, teniendo una intención de dañar, de agredir o violentar.
Faltas:
Hacer uso inadecuado de herramientas, instalaciones, elementos didácticos.
Faltas leves reiteradas.
Retirarse de la clase sin autorización de manera reiterada.
Cometer agresiones verbales o gestuales para con los otros actores institucionales.
Descuidar el ambiente en el que nos educamos, arrojando residuos en lugares no permitidos.
Consumir cualquier sustancia (drogas, cigarrillos, alcohol) en el establecimiento o durante cualquier actividad que tenga carácter escolar.
Hacer estafa o fraude en evaluaciones o trabajos escolares.
FALTAS MUY GRAVES: Son aquellas acciones graves que al ser reiteradas en varias oportunidades adquieren el carácter de muy graves.
Faltas:
Romper elementos, herramientas, instalaciones de la institución o de otro sujeto.
Generar situaciones de violencia, verbales o físicas, dentro y fuera del establecimiento.
Discriminar al otro de cualquier manera.
Incurrir en faltas graves de forma reiteradas.
Participar en acciones vinculadas con robo o hurto.
Portar o usar incorrectamente elementos cortantes, punzantes.
Retirarse del establecimiento sin permiso de la autoridad correspondiente.
Adulterar documentación o información propia y ajena, firmas de los padres, información en el cuaderno de comunicado, notas, datos personales.
Amenazar y extorsionar a otro/s.
Usar incorrectamente elementos que revistan peligro con intencionalidad.
Faltar el respeto a los símbolos patrios
Portar armas en la escuela de cualquier tipo
Comercializar cualquier sustancia (drogas, cigarrillos, alcohol) en el establecimiento o durante cualquier actividad que tenga carácter escolar.
Desprestigiar la institución y su comunidad educativa (estudiantes, docentes, personal no docente), dentro y fuera, en todas sus formas (presencial y virtual).
Publicar fotos, videos, comentarios, en términos de burlas o peyorativos, etc., a través de las redes sociales sin autorización de los involucrados.
ABORDAJE DE FALTAS
Criterios desde los cuales se construyen y se aplican:
- Gradualidad: reiteración de los hechos.
- Proporcionalidad: relación coherente entre el hecho y la sanción. Pueden ser clasificados como: leves, graves, muy graves. Y consecuentemente las acciones a aplicar
- Intencionalidad: real o inducida.
- Atenuantes: reconocimiento del hecho, arrepentimiento, asunción de la responsabilidad de las acciones y compromiso de reparación, etc.
- Agravantes: ocultar, mentir, no asumir, reiteración de los hechos, etc.
- Consecuencias: para él mismo, para los demás, para la institución.
- Reiteración de los hechos.
- Derecho a la defensa de las partes.
- Posibilidad de disminuir el abordaje de la falta si se sostiene un cambio real.
- Asumir las faltas habilita a la reflexión y asumir responsabilidad.
- La idea es poder lograr modificaciones significativas.
Según el criterio de gradualidad se procederá a:
1- Llamado de atención:
La primera instancia consistirá en un espacio de diálogo, en donde las partes involucradas, puedan manifestar los hechos y su opinión sobre lo ocurrido, con el objetivo de llegar a acuerdos, donde el alumno pueda reflexionar, sobre las consecuencias de sus actos, registrando el hecho por escrito.
2- Firma de Acta Acuerdo:
Si fuera necesario, en caso de no cumplir, con el acuerdo respecto a lo dialogado, y el estudiante no modificado su conducta, se procederá a firmar un acta acuerdo con el estudiante y sus padres, para que éstos asuman el compromiso de ayudarnos a guiar a su hijo en este proceso de cambio de acciones y maduración.
3- Medidas Reparadoras:
Además de llamar al diálogo, y de establecer acuerdos, se propondrá la realización de acciones reparadoras, siempre teniendo en cuenta la gradualidad y la proporcionalidad, según la gravedad de la contravención. También se tendrá en cuenta si el daño es moral o material.
Los siguientes ejemplos, pueden constituirse como medidas reparadoras: Pedir disculpas, retractándose de los dichos. Costear el objeto dañado o buscar la forma de repararlo. No retirarse en horas libres, realizando tareas que la institución designará oportunamente. Preparar una clase alusiva a la falta cometida y exponerla (bajo supervisión del directivo responsable de cada turno).
4- Intervención del Consejo de Convivencia:
Agotadas y transgredidas las instancias previamente descriptas, se procederá a tratar la situación en reunión de Consejo de Convivencia para analizar otras posibilidades y estrategias de acompañamiento a la trayectoria específica del estudiante en cuestión.
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